En el contexto andaluz, cuando nos adentramos en el terreno de los préstamos entre particulares y las donaciones, se despierta el interés fiscal. En el caso del préstamo, hay una grata noticia: aunque esté sujeto a tributación, se encuentra exento del impuesto de transmisiones patrimoniales. Esto significa que el receptor no tendrá que desembolsar ninguna suma de dinero. Además, es importante señalar que la forma de devolución no es examinada detalladamente por la Agencia Tributaria. En este escenario, la carga financiera se aligera, y la simplicidad prevalece en este rincón del panorama tributario andaluz. Sólo se requiere un contrato de préstamo entre particulares en el que incluya los datos de prestamista y prestatario, la cantidad prestada, la forma de devolución, la fecha y las respectivas firmas. Posteriormente habrá que realizar y presentar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la Agencia Tributaria de Andalucía.